Becas y ayudas para desempleados que realicen cursos fpo
Las becas y ayudas se solicitan en los registros Generales de las direcciones provinciales del SAE o UTEDLT. El plazo de presentación es de 20 días hábiles contados a partir del siguiente a la finalización del curso. El plazo de resolución es de 3 meses.


Becas de asistencia para personas con discapacidad y otros colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral
1. Podrán percibir una beca de asistencia, las personas desempleadas con discapacidad que participen en acciones formativas que cuenten con sesiones presenciales y cuya jornada lectiva no sea inferior a 4 horas diarias. (El derecho a la percepción de las becas y ayudas exigirá que la jornada lectiva del curso no sea inferior a cuatro horas diarias y devengarán a partir del día del inicio del curso. No obstante para las ayudas de alojamiento y manutención los cursos deberán tener una duración mínima de seis horas diarias y podrán computar el día inmediatamente anterior y posterior a las fechas de inicio y finalización del mismo.)
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Ayudas a la conciliación
1. Estas ayudas tienen por objeto permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a las acciones formativas que cuenten con sesiones presenciales con el cuidado de hijos menores de 6 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa cumplan los requisitos siguientes:
a) No haber rechazado ofertas de trabajo adecuadas ni haberse negado a participar en actividades de promoción, formación o reconversión profesional en el plazo de un mes desde que se agotase el subsidio por desempleo o la prestación contributiva.
b) Carecer de rentas de cualquier clase superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador público de renta de efectos múltiples» (IPREM). Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen no supere el setenta y cinco por ciento del IPREM.
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Ayudas de transporte
1. Las personas desempleadas que participen en las acciones formativas presenciales o sesiones presenciales de acciones formativas mixtas podrán tener derecho a una ayuda de transporte.

2. Podrán solicitar esta ayuda aquellas personas que para asistir al curso tengan que desplazarse de un municipio a otro o, estando dentro de un mismo municipio, de un núcleo de población a otro, siempre que la distancia entre ambos sea al menos de 10 kilómetros.
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Ayudas de manutención y alojamiento
1. Podrán solicitar la ayuda de manutención las personas desempleadas que tengan que desplazarse para asistir al curso, siempre que entre el lugar de residencia y el municipio donde se imparta la formación medien, al menos, 50 kilómetros y que el horario del curso sea de mañana y tarde. En el caso de que se trate de acciones formativas impartidas en la modalidad mixta, el alumnado sólo podrá percibirlas por la asistencia a sesiones presenciales. en este caso, la jornada lectiva del curso no podrá ser inferior a cuatro horas diarias y devengarán a partir del día del inicio del curso.
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